CABILDO DE ELECCIONES

De orden del Sr. Hermano Mayor, por la presente se convoca CABILDO GENERAL ORDINARIO DE ELECCIONES, que tendrá lugar (D.m.) el Sábado, 5 de Septiembre del corriente a las 11’00 de la mañana en primera convocatoria y a las 11,30 de la mañana en segunda, con una duración de 2 horas, en la CASA DE HERMANDAD, al que concurre un solo candidato, nuestro hermano Don Antonio Marín Delgado, con el siguiente orden del día:

1º.- Preces.
2º.- Lectura y aprobación, si procede, del acta del Cabildo anterior.
3º.- Constitución de la mesa electoral.
4º.- Votación y escrutinio.
5º.- Lectura del resultado y proclamación del candidato elegido.
6º.- Ruegos y preguntas.

Ese mismo día, a las 10,00 de la mañana y en la parroquia de santa María, celebraremos Misa de Espíritu Santo, como prescriben nuestras reglas.

Observaciones a tener en cuenta:

Para poder ejercer el voto, se requiere tener cumplidos 18 años de edad y 1 año mínimo de antigüedad como hermano/a, debiendo estar al corriente en el pago de la cuota de hermano.

El voto será libre y secreto, debiendo de identificarse debidamente el votante para ello, mediante el documento nacional de identidad, el pasaporte o el permiso de conducción. El elector votará al candidato que sea de su preferencia, sin tachar ni añadir nada en la papeleta, pues de lo contrario, el voto será nulo.

También podrá el elector ejercer su derecho al sufragio mediante la emisión del voto en blanco. No se admitirá el voto por delegación.

El voto será personal, pudiendo ejercerse de forma directa o por correo. En este último caso, son condiciones de validez del voto así emitido:

1. La acreditación del estado de enfermedad, en su caso, mediante Certificado Médico Oficial.

2. La acreditación de tener la residencia fuera de la localidad, en su caso, mediante la constancia de esta circunstancia en el censo de votantes.

3. Los hermanos solicitarán el voto por correo mediante solicitud por escrito, debiendo estar en poder de la Comisión Electoral con una antelación mínima de un mes a la fecha señalada para el Cabildo (5 de agosto). La Comisión Electoral remitirá por correo certificado, al domicilio que figure en el censo, las papeletas y los sobres electorales.

4. La papeleta de voto se introducirá en el sobre de votación y se cerrará. Incluirá el sobre y una fotocopia del Documento Nacional de Identidad en otro sobre dirigido a la Comisión Electoral, en cuyo remite deberá hacer constar su nombre y apellidos y la dirección.

5. El envío del voto por carta se hará por Certificado de Correos con Acuse de Recibo.

6. Se podrán admitir votos hasta 24 horas antes de la celebración del Cabildo.

7. La Comisión Electoral llevará un registro de toda la documentación recibida que custodiará hasta la constitución de la Mesa Electoral.